Ley Concursal: noticias jurídicas

¿revisamos tu caso?
911 863 547
Ley Concursal: noticias jurídicas

Ley Concursal: noticias jurídicas. Con la puesta en marcha de esta nueva ley, el concurso de acreedores se ha convertido en un instrumento para impedir la invalidación completa para futuros servicios financieros. Cuando una persona adquiría deudas con bancos y otras entidades, se le planteaban una sucesión de importantes problemas a nivel financiero. Debido a la Ley Concursal, era improbable que alguien pudiera reducir su insolvencia y, cuando realizaba un concurso de acreedores, la tramitación abocaba continuamente a la disolución de la persona jurídica.

Ley Concursal: noticias jurídicas
Ley de Segunda Oportunidad

Al disolverse esta figura, las deudas adquiridas desaparecían dado que no había una “persona” que fuera consecuente con su pago. Pero, ¿qué ocurría con las personas físicas? Estas figuras no desaparecen, no se pueden extinguir, por lo que al adquirir una deuda era improbable obtener un entendimiento mediante el cual se pudiera reducir o absolver la deuda con el fin de quebrantar el estatus de deudor.

La Ley de Segunda Oportunidad llegó a España en el verano de 2015 y puso encima de la mesa una sucesión de mecanismos que ayudan a que las personas físicas endeudadas puedan asumir un buen futuro. Actualmente es viable liberarse de las deudas, permitiendo así poder pedir un nuevo crédito o iniciar una nueva actividad a nivel empresarial, y todo gracias a las facilidades que supone en este sentido la actuación del concurso de acreedores persona física.

¿CUal es la intención de La Ley de Segunda Oportunidad?

La intención de esta no tan nueva ley es que los deudores de buena fe puedan acceder al concurso de acreedores de personas físicas para deshacerse de las deudas contraídas, siempre y cuando logren exponer que están en un escenario de insolvencia. En estos procedimientos, el sujeto en cuestión tiene el deber de haber intentado la negociación de la deuda con sus acreedores, de no haber realizado delitos frente a la Hacienda Pública y la Seguridad Social en la última década y de manifestar que no ha sido pronunciado inculpado en dicho concurso.

También, y como parte absolutamente obligatoria en este procedimiento, se debe hacer un seguimiento preciso de cualquier consumo, por pequeño que sea, con el fin de evidenciar y poder atestiguar que, ciertamente, la persona física está en circunstancias de insolvencia. Un punto que, para muchos, no resulta de mucho agrado.

¿Qué es el concurso de acreedores para personas físicas?

Es una tramitación judicial que permite a las personas físicas reducir el sufrimiento sobre sus condiciones financieras por medio de una reestructuración e inclusive la cancelación de la deuda. En la práctica supone una «suspensión de pagos» o una «declaración de quiebra» que permite al individuo agobiado con sus deudas salvar un enclave complicado y tener una «segunda oportunidad».

Si se cumplen todos estos aspectos, el concurso de acreedores para persona física permite la exención total de la deuda, así como la extinción de la misma. En este sentido, se puede obrar de dos formas distintas: en caso de insolvencia total, se erradican totalmente todas las deudas y se cancelan; en caso de no ser completamente insolvente, se establece un sistema de pagos mensuales con el fin de concluir con el dinero pendiente en un intervalo máximo de 5 años.

Para más información de los procedimientos concursales o de la declaración de concurso puede informarse en el BOE o contactar con Abogados de tus Deudas.

Manifestación de insolvencia de personas físicas

Declararse arruinado significa exponer de manifiesto a los acreedores el impedimento de costear las deudas contraídas. Debe demostrarse que no es viable pagar. Se reconocen dos situaciones: que el pasivo (deudas) supere el activo (bienes); o la dificultad de disponer de liquidez necesaria, pero sí activo suficiente para cubrir el pasivo.

Esto es el período previo para que se pueda amparar a la Ley de Segunda Oportunidad, que mediante el procedimiento concursal llevado ante juicio, la persona puede percibir sus deudas canceladas definitivamente, sin tener que pedir más financiación externa y endeudarse aún más. Estas posibilidades son algo que se ha obtenido gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad. Inicialmente, era improbable realizar este tipo de concurso y alcanzar  un acuerdo interesante para el deudor, algo que daba pie a numerosas situaciones en las que los pagos se acumulaban hasta el punto de lograr la asfixia económica. Además de impedir la solicitud de créditos a posteriori y demás servicios de tipo bancario/financiero.

La categorización de créditos en el procedimiento concursal

Créditos Privilegiados: son los que, en el orden de predilección legal previsto cuando hay concurrencia de créditos, gozan de prioridad para ser satisfechos con obligación al activo del deudor común.

Créditos subordinados: aquellos que para ser liquidados requieren la previa recompensa de los privilegiados y de los ordinarios. Este ejemplo de créditos no cuentan para la conformidad del convenio, ni tampoco se incluyen en la junta de acreedores.

Créditos Públicos: es la posibilidad que tiene el estado para conseguir, conceder o avalar recursos financieros a través de operaciones de endeudamiento.

Créditos ordinarios aquellos que no se consideran privilegiados, públicos ni subordinados.

Ahora, es esencial disponer con el asesoramiento de un abogado o cualquier profesional especialista en estos procedimientos; pero al menos se tiene, como indica el oportuno nombre de la ley, una segunda oportunidad para seguir adelante y disminuir las complicaciones. El procedimiento del concurso de acreedores personas físicas puede ser duro, sin embargo, también puede ser la única alternativa con la que obtener una situación con un mínimo de oportunidades.

Abogados de tus deudas, Ley Concursal: noticias jurídicas

Ley Concursal: noticias jurídicas

Abogados de tus deudas es un equipo de abogados especialistas en deudas y tratar con entidades bancarias y financieras. En abogados de tus deudas te ayudamos a cancelar tus deudas, aprovecha con nosotros la Ley de Segunda Oportunidad, que no te ahoguen tus deudas, respira!. Estamos para ayudarte a solucionar tus deudas. No firmes nada sin consultar a nuestros abogados de tus deudas, encontraremos la mejor solución para ti. Te ayudaremos y guiaremos en el proceso para que puedas acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad o buscaremos una solución legal para que podamos solucionar tu problema de deudas.

Requisitos segunda oportunidad | Cancelar deudas | Ley de segunda oportunidad | Cómo cancelar mis deudas | Cancelación de deuda | Cancelar deuda | Como salir de deudas | Segunda oportunidad autónomos | Requisitos segunda oportunidad | Cómo pagar mis deudas | Resuelve tu deuda | Como salir de deudas | Cancela tu deuda | Repara tu deuda | Abogados para deudas | Reunificar deudas | Ley de segunda oportunidad para autónomos | Ley de segunda oportunidad para persona física | Liquidar deuda | Deuda | Unificar deudas | Resuelve tu deuda | Segunda oportunidad | Quitar deudas | Abogados de tus deudas | Abogado segunda oportunidad | Salir de deudas | Ley segunda oportunidad particulares | Liquidar deuda | Qué es la ley de segunda oportunidad | Tus Abogados Laboralistas

Abogados de tus Deudas | Tus Asesores Legales

Posts Relacionados

Dejar un comentario

Esta web utiliza cookies. Puedes ver aquí la Política de Cookies. Si continuas navegando estás aceptándola.   
Privacidad
× ¿DEUDAS?