Diez claves para entender la Ley de Segunda Oportunidad

10 requisitos para acceder a la ley de segunda oportunidad
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Claves Ley de Segunda Oportunidad

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Claves Ley de Segunda Oportunidad

Requisitos que debes cumplir

1.- ¿Quién puede acogerse a la ley?

La Ley de Segunda Oportunidad es diseñada, para ciudadanos particulares y para profesionales por cuenta propia (autónomos), además de empresas. Incluye a particulares y autónomos que hayan fracasado que hasta ahora debían afrontar sus deudas con su patrimonio.

2.- Primer paso para acogerse

El deudor deberá intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial con sus acreedores. El deudor será tutelado por un juez, el deudor podrá liquidar sus bienes para abonar las deudas que pueda pagar o pactar un calendario de pagos.

3.- Los requisitos que hay que cumplir para que el acuerdo extrajudicial sea fructífero

•             Que el deudor compense a sus acreedores con la cesión de los bienes no necesarios para el ejercicio de su actividad profesional o con acciones de su propia compañía.

•             Que el emprendedor proponga a sus acreedores un plan de viabilidad y un calendario de pagos. El plazo de pagos no podrá superar los diez años.

4.- ¿Hay alguna figura que ayude en la negociación?

Sí. Al ser un proceso tutelado por un juez, el emprendedor podrá solicitar la ayuda de un mediador concursal, que hará de interlocutor entre el deudor y sus acreedores. En el plazo de dos meses aproximadamente no se ha alcanzado un acuerdo, el deudor y el mediador concursal podrán solicitar ante el juez el concurso de acreedores voluntario.

 

5.- Requisitos para concurso de acreedores

Una vez que el deudor haya solicitado el concurso de acreedores voluntario, el juez podrá exonerarle de gran parte de sus deudas bajo dos condiciones: en primer lugar, que el propio juez considere que el deudor ya no tiene dinero ni activos para afrontar sus deudas; en segundo lugar, que dicho deudor haya demostrado obrar de buena fe.

6.- Obrar de «buena fe»

Es uno de los puntos más importantes (y polémicos) de todo el proceso. Para que el emprendedor sea considerado un deudor de buena fe, deberá cumplir varios requisitos. Entre ellos:

•             Que haya intentado alcanzar un acuerdo extrajudicial con sus acreedores.

•             Que no haya sido declarado culpable en el concurso de acreedores. Es decir, que el juez no considere que su insolvencia ha sido provocada adrede ‘administración desleal’.

•             Que, en los diez años anteriores a la petición de concurso de acreedores, el deudor no haya sido beneficiado otra vez por la Ley de Segunda Oportunidad y que tampoco haya sido condenado por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores.

•             Que, en los cuatro años anteriores a la petición del concurso, el emprendedor no haya rechazado una oferta de empleo «adecuada a su capacidad». Este es un punto polémico, ya que la ley no detalla qué requisitos debe tener dicha oferta para considerarla «adecuada a la capacidad» del deudor.

7.- ¿El emprendedor se libra de todas las deudas?

En realidad, no. A la hora de hablar de las deudas que pueden ser exoneradas, la ley establece dos excepciones: » los créditos por alimentos y los créditos de derecho público «. Es decir, aunque se libre de las deudas privadas (bancos, proveedores…), el emprendedor seguirá teniendo que hacer frente a la manutención alimenticia de sus hijos en caso de estar divorciado y las deudas contraídas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social que podrán ser exoneradas hasta un 70% del importe total de la deuda.

 

8.- ¿Aparecerá el emprendedor/deudor en alguna ‘lista de morosos’?

Sí. Según el texto oficial, «la obtención de este beneficio se hará constar en la sección especial del Registro Público Concursal por un plazo de cinco años».

 

9.- ¿Quién tendrá acceso a dicho registro?

Tal y como dicta la ley, el registro podrá ser consultado por «las personas que tengan interés legítimo en averiguar la situación del deudor, la lista podrá ser consultada por tres tipos de agentes sociales: las Administraciones Públicas, los bancos (ante una petición de crédito, por ejemplo) o los posibles clientes y proveedores del emprendedor.

La exoneración de deudas podrá ser revocada si se entiende que el emprendedor rompe la ‘buena fe’

10.- ¿Las deudas desaparecen para siempre?

En realidad, no. Cualquier acreedor podrá pedir al juez la revocación de la exoneración de deudas si, en los cinco años posteriores a la admisión de la ‘segunda oportunidad’, el acreedor entiende que su deudor ha obrado de mala fe o ha obtenido ingresos en negro. Si el acreedor pide la revocación de la exoneración de deudas y el juez la acepta, el deudor dejará de estar sometido a esta ley y volverá a contraer sus deudas.

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