Deudas que podrás extinguir gracias a La Ley de Segunda Oportunidad: más de 100 mil euros

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Extinguir deudas gracias a La Ley de Segunda Oportunidad

La norma tiene la finalidad de posibilitar el abono de las deudas, sin que se pierda el derecho al cobro, pero el procedimiento podría terminar con el favor de la exención del pasivo impagado, hasta un cierto límite.

Las deudas dificultan el progreso, tanto financiero como particular, de hogares y empresas. La finalidad es desde el principio tratar de evitarlas, pero no siempre es viable y acumularlas, con el aumento de intereses que esto supone, agrava la realidad. Para impedir esto, la Ley de Segunda Oportunidad pretende ayudar al abono de la deuda sin que se pierda el derecho al cobro, aunque el procedimiento puede terminar con el privilegio de la exoneración del pasivo impagado, esto implicaría la anulación final de la deuda.

Extinguir deudas gracias a La Ley de Segunda Oportunidad

No obstante, para alcanzar la condonación de la deuda, el endeudado debe confirmar una sucesión de requisitos. Entre ellos, el valor final de la deuda no puede exceder los cinco millones de euros, aunque ese no será el costo que definitivamente se deje de abonar.

Esta norma se fundamenta en el favor de exoneración

Esta norma se fundamenta en el favor de exoneración, pero además en los acuerdos extrajudiciales. Previamente a pedir la anulación de las deudas, el endeudado deberá renegociar las circunstancias de su deuda con los acreedores para pretender lograr un aplazamiento. Esta transacción estará tutelada por un juez y, en ocasiones, por un mediador concursal. Este procedimiento para conseguir un acuerdo extrajudicial durará, como mucho 2 meses.

Durante ese aplazamiento el deudor podrá abonar el completo de la deuda o una parte, según sus posibilidades. Una vez finalizado este plazo, si no se alcanzan acuerdos o estos fracasan, se podrá pedir el beneficio de la exención de la cantidad que quede pendiente, con el que el juez podrá archivar la deuda.

Para que definitivamente se logre la liberación de la deuda, se deben verificar 2 pilares fundamentales: que el endeudado sea de buena fe y que se liquide preliminarmente su posesiones (o que se declare la terminación del concurso por escasez de masa). Es decir, la primera exigencia es que el endeudado sea estimado ‘de buena fe’, lo que implica que al celebrarse el concurso para negociar las deudas no haya sido señalado como culpable, que en los últimos 10 años previamente al concurso no haya sido procesado en dictamen firme por delitos económicos o sociales, que haya intentado un pacto extrajudicial de pagos y que haya satisfecho los créditos frente a la masa y los privilegiados y al menos el 25% del valor de los créditos concursales ordinarios.

Asimismo, se exige que estén liquidados todos las posesiones existentes. Es decir, corroborar que se ha abonado todo lo viable a los acreedores y que, por tanto, no tiene más capital ni activos para hacer frente a la cuantía restante.

Deuda con la Administración Pública

Por otro lado, la cuantía de la deuda que se vaya a liberar está condicionada según quién sea el acreedor. La parte de la deuda que corresponda a la Administración Pública está exenta de la exoneración y, por tanto, se deberá abonar igualmente.

También, por ejemplo, una nueva sentencia ha cancelado una deuda de 118.060 euros a una señora de Barcelona, pero no lo ha realizado con su deuda pública que asciende a 36.015 euros. En ese postrero asunto, se concede el favor de un Plan de Pagos a cinco años con el fin de que los deudores obtengan una segunda oportunidad efectiva.

No obstante, ya se ha habido sentencias a favor de la anulación de este tipo de deudas. Un fallo del Tribunal Supremo en 2019 reconoció el derecho de los deudores de beneficiarse de la suspensión de hasta el 70% de las deudas con la Seguridad Social o Hacienda. En específico, la sentencia amplía los límites del reglamento actual, de modo que los emprendedores podrán liquidar hasta el 70% de la deuda y el resto de la deuda se podrá pagar de forma fraccionada durante 5 años.

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